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Licencia de moto en el Edomex: el examen teórico y práctico y las reglas nuevas para motociclistas

Actualizado el

Vigente En vigor desde el 25 de noviembre de 2025

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En corto

  • Para sacar la licencia de motociclista en el Estado de México tienes que acreditar un examen teórico y práctico de la Secretaría de Movilidad (Semov). Lo exige el Reglamento de Tránsito desde la reforma que entró en vigor el 25 de noviembre de 2025.
  • Hoy Semov pide para esa licencia el certificado EC1631 «Conducción de Motocicleta» del CONOCER, que obtienes en un centro de evaluación antes de ir al módulo.
  • Si es tu primera licencia en el estado, además presentas el examen de conocimientos del reglamento.
  • La reforma trajo reglas que pueden salir en ese examen: casco certificado, rebase sólo por la izquierda y por otro carril, y la moto sólo para mayores de edad.

Qué exige el reglamento

El 10 de noviembre de 2025 la Gaceta del Gobierno publicó la reforma al Reglamento de Tránsito del Estado de México, que entró en vigor diez días hábiles después, el 25 de noviembre. Desde entonces su artículo 43 dice que para la licencia de motociclista hay que «acreditar el examen teórico y práctico realizado por la Secretaría de Movilidad». Semov puede contratar a terceros para aplicarlo.

Ese examen va además del de conocimientos del reglamento, que presenta todo el que tramita licencia por primera vez en el estado, sea de automovilista o de motociclista.

Cómo se acredita hoy: la certificación EC1631

En sus requisitos de licencias de servicio particular, Semov pide para la licencia de motociclista el certificado del estándar EC1631 «Conducción de Motocicleta», que emite el CONOCER. Lo exige desde el 7 de enero de 2025, según anunció la Secretaría y publicó Excélsior el 20 de diciembre de 2024.

La certificación evalúa conocimientos teóricos y habilidades prácticas: el uso del equipo de protección y la conducción segura de la moto. Se presenta con cita en un centro de evaluación; el gobierno estatal los lista en motociclistas.movimex.gob.mx. Con el certificado vas al módulo de licencias.

Las reglas nuevas para motociclistas

La misma reforma cambió lo que se le pide a quien maneja moto en el Estado de México:

  • Casco hecho para moto y certificado (NOM-206-SCFI/SSA2-2018, ECE 22.05 o DOT), de tu talla, en buen estado y con menos de 5 años de fabricado. Lo mismo para quien va contigo.
  • Anteojos protectores, chamarra y aditamentos rígidos que cubran brazos y piernas.
  • Rebasar sólo por la izquierda y usando un carril distinto al del vehículo que adelantas.
  • Prohibidas las maniobras que pongan en peligro a otros, y circular sin placa ni tarjeta de circulación vigentes.
  • La moto sólo la manejan mayores de edad con licencia de motociclista: ni la de automovilista ni los permisos provisionales de práctica A y B sirven.
  • Para moto el límite de alcohol es más bajo que para auto: 0.02 gramos por decilitro en sangre o 0.1 miligramos por litro en aire espirado.
  • No llevar a niñas, niños o adolescentes que no puedan sujetarse solos o apoyar firmemente los pies en los posapiés.

Qué cambia para tu examen

Si vas por tu primera licencia de moto en el Estado de México, son dos pruebas. La primera es el examen de conocimientos del Reglamento de Tránsito: según el Manual de Procedimientos de la Dirección del Registro de Licencias, el sistema emite 10 preguntas y apruebas con 6. La segunda es la evaluación teórica y práctica de la certificación EC1631.

Las 10 preguntas salen del reglamento vigente, que ya es el reformado: las reglas de arriba —casco, rebase, alcohol, edad— pueden aparecer en tu examen.

Fuentes

  1. Acuerdo de la Gobernadora por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito del Estado de México (Gaceta del Gobierno, sección segunda, n.º 87) Periódico Oficial «Gaceta del Gobierno» del Estado de México ·
  2. Licencias de conducir Edoméx 2025: requisitos de servicio particular Secretaría de Movilidad del Estado de México
  3. Certificación para motociclistas: centros de evaluación EC1631 Gobierno del Estado de México
  4. Manual de Procedimientos de la Dirección del Registro de Licencias y Operadores Periódico Oficial «Gaceta del Gobierno» del Estado de México ·
  5. Certificado para motociclistas: trámite obligatorio en Edomex a partir de 2025 Excélsior ·
  6. Reglamento de Tránsito 2025 en Edomex: ¿cuáles serán las nuevas normas para motociclistas? Milenio ·

El examen del reglamento va primero. Llega con las reglas nuevas aprendidas.

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