10 preguntas de práctica para el examen teórico de la licencia en el Estado de México, escritas desde la normatividad de tránsito vigente. Responde cada una y revisa por qué es la correcta y qué norma la respalda.
Pregunta 1 de 10
¿Es obligatorio llevar extinguidor en un automóvil particular en el Estado de México?
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Respuesta correcta:Sí, y en buenas condiciones de uso
Entre lo que debe portar un vehículo de servicio particular está el extinguidor en buenas condiciones de uso; no contar con él se sanciona con 3 a 5 UMAs. Los vehículos comerciales y públicos también deben llevarlo.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 17, fr. V
¿Qué exige el Reglamento del Estado de México respecto de las llantas de un automotor?
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Respuesta correcta:Que estén en condiciones de seguridad y que se lleve una de refacción en condiciones de uso
Las llantas deben estar en condiciones suficientes de seguridad y el vehículo debe contar con una de refacción capaz de sustituir a cualquiera de las que van rodando. Está prohibido transitar con llantas lisas o con roturas, y con ruedas metálicas, de madera o de otro material que dañe el pavimento.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 38
¿Cuál es la altura máxima autorizada para un vehículo que transita en el Estado de México?
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Respuesta correcta:4,25 metros
La altura máxima autorizada para todos los vehículos que transitan en la entidad es de 4,25 metros. El ancho máximo es de 2,60 metros sin contar los espejos.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 70
¿Cómo debe transportarse la carga en una motocicleta según el Reglamento del Estado de México?
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Respuesta correcta:Con baúl, alforjas o parrilla, y asegurada con cintas o tensadores
El motociclista no debe llevar carga que dificulte su visibilidad, equilibrio u operación; si transporta carga debe usar los aditamentos correctos, como baúl de moto, alforjas o maletas laterales y parrilla portabultos, y asegurarla con cintas o tensadores.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 89, fr. X
¿Qué exige el Reglamento del Estado de México en materia de emisiones a los automotores que circulan en el Estado?
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Respuesta correcta:La verificación obligatoria de gases, humos y ruidos, con su certificado y calcomanía
Los automotores y motocicletas se sujetan a las disposiciones federales y estatales de protección ambiental, que consisten en la verificación obligatoria de emisiones de gases, humos y ruidos en los centros que establece el Gobierno del Estado, donde se expiden el certificado y la calcomanía.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 111
Un vehículo circula sin holograma de verificación vigente en el Estado de México. ¿Qué puede pasarle?
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Respuesta correcta:Multa de 16 a 20 UMAs y retención del vehículo
Conducir un vehículo sin holograma de verificación vigente, ostensiblemente contaminante o cuando por restricción ambiental no le corresponde circular se sanciona con multa de 16 a 20 UMAs y es causa de retención del vehículo.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 90, fr. XV; art. 118, fr. XII
¿Qué dice el Reglamento del Estado de México sobre modificar el claxon o el silenciador de fábrica?
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Respuesta correcta:Que está prohibido, igual que instalar válvulas de escape ruidosas
Está prohibido modificar el claxon y los silenciadores de fábrica y la instalación de dispositivos como válvulas de escape y otros similares que produzcan ruido excesivo. La multa es de 3 a 5 UMAs.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 114
Cambias el motor de tu automóvil en el Estado de México. ¿Qué plazo tienes para notificarlo a la autoridad?
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Respuesta correcta:30 días hábiles
Cuando se cambia la carrocería o el motor de un vehículo, el propietario está obligado a notificarlo a la autoridad correspondiente en un plazo de 30 días hábiles. No hacerlo se sanciona con 3 a 5 UMAs.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 24
Según el Reglamento del Estado de México, ¿qué es un vehículo de uso particular?
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Respuesta correcta:El destinado al transporte de pasajeros sin lucro alguno
Los vehículos de uso particular son los destinados al transporte de pasajeros sin lucro alguno. Los de uso comercial sirven a una negociación o son instrumento de trabajo, y los de uso o servicio público operan mediante concesión, permiso o autorización, con tarifa autorizada.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 15
¿Cuántos pasajeros pueden viajar en un vehículo según el Reglamento del Estado de México?
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Respuesta correcta:Los que autoriza la tarjeta de circulación
El conductor debe abstenerse de rebasar el cupo de pasajeros autorizado, que es el que indica la tarjeta de circulación; en las motocicletas rige la misma regla. Excederlo se sanciona con 3 a 5 UMAs.
Fundamento:Reglamento de Tránsito del Estado de México, art. 90, fr. XIV; art. 89, fr. I
El Reglamento de Tránsito del Estado de México lo publica el Gobierno del Estado de México. Consulta el reglamento. AutoTest es una app independiente: no está afiliada a SEMOVI, a la SICT ni a ninguna escuela de manejo.
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