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Ley Jacinta: qué cambia si vas a sacar tu primera licencia de conducir

Actualizado el

Anunciado sin fecha Publicada el 7 de febrero de 2026; la declaración jurada aún no se exige porque falta el reglamento

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En corto

  • La Ley 21.797, conocida como Ley Jacinta, agrega un requisito para obtener cualquier licencia: declarar bajo juramento que no tienes una enfermedad inhabilitante o restrictiva para conducir.
  • Todavía no se exige. El MTT tiene hasta el 7 de febrero de 2027 para dictar el reglamento, y los cambios a la Ley de Tránsito rigen 90 días después de que se publique.
  • Declarar en falso será una infracción grave y significará la cancelación de la licencia.
  • El examen teórico no cambia: siguen siendo 35 preguntas, y se aprueba con 33 puntos de 38.

Qué agrega la ley para obtener la licencia

La Ley 21.797 se publicó en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026. Modifica el artículo 13 de la Ley de Tránsito, el que fija los requisitos generales para postular a una licencia, y le suma un numeral 7: acreditar, mediante declaración jurada, que no has sido diagnosticado ni sabes que padeces alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas que defina el reglamento.

La ley dice expresamente que esa declaración, igual que la de no consumir drogas, es obligatoria para todo tipo de licencia. Si vas por tu primera clase B, te toca a ti.

Declarar en falso tiene dos consecuencias: es una infracción grave del artículo 200 y, según el nuevo artículo 209 bis, se cancela la licencia. La misma regla alcanza al control periódico, por eso la prensa ha puesto el foco en la renovación.

Cuándo empieza a exigirse

El primer artículo transitorio le da al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones doce meses desde la publicación de la ley para dictar el reglamento, que también firma el Ministerio de Salud. Ese plazo vence el 7 de febrero de 2027.

Los cambios a la Ley de Tránsito comienzan a regir 90 días después de que se publique ese reglamento. Si el MTT usa todo el plazo, la declaración jurada se exigiría hacia mayo de 2027.

Al 20 de octubre de 2026 no encontramos el reglamento publicado, y el texto vigente de la Ley de Tránsito en la Biblioteca del Congreso todavía no incluye el numeral 7. Mientras tanto, la licencia se tramita con los requisitos de siempre.

La misma ley cambia una regla de la moto

La Ley Jacinta también modifica el artículo 75 de la Ley de Tránsito, y es un cambio que sí sirve estudiar si vas por la clase C. Cuando rija, quien viaje de acompañante en una moto deberá:

  • Tener como mínimo doce años.
  • Ir con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
  • No ir nunca entre quien conduce y el manubrio.

Cómo es hoy el examen teórico clase B

Lo fija el artículo 7º del D.S. 170 de 1985: el examen se rinde en un sistema informático, con 35 preguntas aleatorias, 3 de ellas con doble puntaje, y se aprueba con 33 puntos de un máximo de 38. Las preguntas dobles tratan de alcohol y drogas, velocidad, casco, cinturón de seguridad y sistemas de retención infantil.

Lo rindes en la Dirección de Tránsito de tu municipalidad, que además hace el examen médico, físico y psicológico. La Ley Jacinta no toca este examen: toca los requisitos de salud que se acreditan junto a él.

Qué cambia para tu examen

Por ahora, nada. El teórico mantiene el formato del D.S. 170 y la Ley Jacinta no le agrega materias.

Lo que cambiará, cuando rija, es el trámite que lo rodea: una declaración jurada más en la Dirección de Tránsito y un examen médico que seguirá un reglamento común para todas las municipalidades. Para el estudio, lo único nuevo es la regla del acompañante en moto, y conviene saber que todavía no está vigente.

Lo que todavía no se sabe

Todo depende del reglamento que dicten el MTT y el Ministerio de Salud. Ese texto es el que dirá qué enfermedades son inhabilitantes o restrictivas, cómo se firma la declaración y cómo deben evaluar las municipalidades la idoneidad física y psíquica.

Tampoco hay fecha anunciada para su publicación. Lo único firme es lo que fija la ley: el MTT tiene plazo hasta el 7 de febrero de 2027 para dictar el reglamento, y la declaración se exige 90 días después de que se publique, sea cuando sea.

Fuentes

  1. Ley 21.797 (Ley Jacinta) Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) ·
  2. Ley 18.290, de Tránsito (texto vigente) Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
  3. D.S. 170 de 1985, reglamento para el otorgamiento de licencias de conductor Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
  4. Aprobada Ley Jacinta: aumenta exigencias de salud para quienes soliciten o renueven licencia de conducir Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ·
  5. Ley Jacinta duplica indemnizaciones del SOAP y exigirá declaración jurada de salud Gobierno de Chile (gob.cl)
  6. Licencia de conducir no profesional (clase B) ChileAtiende
  7. Renovar la licencia de conducir tendrá un nuevo requisito: ¿cuándo comenzará a regir? T13 ·
  8. Ley Jacinta: los cambios que tendrá la licencia de conducir 24horas.cl ·

Mientras llega el reglamento, prepara el teórico.

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